martes, 1 de abril de 2014

Noticias de Juzgado- Diario ABC - De bodas y otros menesteres-

Un restaurante tendrá que indemnizar a una novia a la que provocó taquicardia al cancelar su banquete de boda


fuente foto www.oliveryanes.com


El dueño de un restaurante deberá indemnizar con siete mil euros a una pareja de novios por los daños y perjuicios sufridos, entre ellos una taquicardia, al cancelar el compromiso de celebración del banquete de bodas apenas quince días antes del enlace matrimonial. Así lo dicta una sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia, que indica que la joven tiene derecho a ser indemnizada, no solo por el cuadro de taquicardia que sufrió al tener conocimiento de la suspensión, sino por las perjuicios que padeció al tener que buscar otro local donde celebrar el convite.

«Es razonable considerar el desasosiego que produjo en los novios la cancelación quince días antes de la boda, lo que les obligó a tener que realizar una nueva notificación a los invitados para comunicarles el cambio de local, siendo también de valorar la incertidumbre de encontrarlo».

La Audiencia Provincial confirma la sentencia de un Juzgado de Primera Instancia de Murcia que condenó al pago de los 7.000 euros, más los intereses legales. En el recurso de apelación se puso en duda la taquicardia de la novia, al asegurar que fueron unas palpitaciones de carácter leve, además de señalar que no había existido un compromiso firme de celebrar el banquete en su local. Sobre esto, el tribunal dice que los novios concertaron los servicios del restaurador un año antes de la boda y que entregaron una fianza de mil euros. Añade que un mes antes del enlace procedieron a proba el menú, indicio de su voluntad de celebrar el banquete allí. Para el tribunal no está justificado el argumento expuesto por el apelante, que señaló que la cancelación era imputable a la pareja al existir desavenencias entre las partes sobre el horario de la barra libre y la elección del discjockey. 

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